Los incumplimientos tributarios

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Los sujetos contribuyentes por imperio de ley tienen dos obligaciones la principal que es la del pago de los tributos y el cumplimiento de los deberes formales, los que se consideran infracciones de la disciplina tributaria y por ende su incumplimiento conlleva a la aplicación de un régimen sancionador cuyas multas en el caso del no pago en el término voluntario pueden ser de cuantías fijas o porcentuales con independencia de la aplicación de un recargo por mora y un recargo de apremio.