Trámites y Servicios

Información útil y acceso a trámites y servicios

Telefonía Móvil

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Existen básicamente dos tipos de servicios: Permanente y Temporal, los cuales pueden ser contratados tanto por Personas Naturales, bajo la modalidad de Prepago, como por Personas Jurídicas, bajo la modalidad Pospago.
Contratación Personas Naturales (Prepago)

Permite al cliente realizar sus pagos anticipados por medio de tarjetas de recarga o recargas directas. Contrato sin rentas mensuales ni pago de facturas, el cliente sólo paga los servicios que utiliza y que no son libres de costo.

Cada persona natural puede mantener contratados y activos al unísono, sólo tres (3) servicios, independiente del tipo que sea. Respondiendo ante la empresa por el uso que se de a los servicios y siendo además, el designado para presentar cualquier solicitud de modificación a los mismos. Esto garantiza que los padres o tutores puedan contratar servicios para los menores o limitados mentales a su cargo, sin limitar la posibilidad de contar con su propio servicio, y sin requerir de terceros para ello.

Requisitos para contratar:

  • Tener 18 años de edad cumplidos.
  • Tener capacidad dentro del límite establecido por política (hasta 3 servicios activos).
  • Poseer facultades mentales que le permitan asumir el compromiso derivado de la contratación de un servicio.
  • No tener servicios contratados con la empresa, o de poseerlos, que no superen la cantidad de dos líneas activas.
  • Documentos a presentar:
  • Si es cubano residente: Carné de Identidad o Carné Militar.
  • Si es cubano residente en el exterior: Pasaporte emitido por la República de Cuba.
  • Si es extranjero residente permanente o temporal en Cuba: Carné de residente actualizado o el Carné de Diplomático emitido por el Minrex.
  • Si es extranjero visitante: Pasaporte de su país de origen.

Contrato Permanente

Servicio diseñado sin límite definido. La activación para este servicio está constituida por un paquete por valor de 40.00 CUC, que comprende una cuota de activación inicial única de 30.00 CUC y además un saldo inicial como requisito indispensable de 10.00 CUC.

Su vigencia se establece por el ciclo de vida que adquiriera a partir de la última recarga efectiva, que asciende a 330 días activo, más 30 días naturales adicionales en que pasa a un estatus suspendido; este ciclo no varía, independiente al monto de la misma. Si al suspenderse aún tenía crédito, este no se pierde, queda retenido hasta que vuelva a recargar; durante este período no es posible generar tráfico, salvo que emita llamadas con cobro revertido (*99). Además, puede recibir todo tráfico que no le genere costo, aunque no tenga saldo. El cliente es el máximo responsable de velar por su ciclo de vida, de no efectuarse la recarga antes de concluir esta etapa, la suscripción causará baja, perdiéndose el saldo, el cual no se rembolsa ni se transfiere a otro cliente.

Contrato Temporal

Diseñado para turistas. Paga renta diaria según tarifario vigente y tiene que nacer igualmente con una recarga inicial por monto mínimo establecido. La contratación tiene que ser por un período superior a 3 días naturales y puede mantenerse hasta 12 meses. Si el servicio no excede el término máximo establecido, puede prorrogarse, siempre y cuando el cliente acuda a una oficina comercial de ETECSA antes de la fecha final contratada; de lo contrario causa baja, perdiendo el saldo que poseía. Si necesita mantener un servicio de este tipo, deberá solicitar la contratación de otro servicio, no siendo posible mantener el mismo número.

La activación para el servicio temporal se paga Renta Diaria de 3.00 CUC, dependerá de la cantidad de días que desee mantener activo el servicio; además es requisito indispensable realizar una recarga inicial mínima de 10.00 CUC.

El servicio temporal no posee ciclo de vida por recarga efectuada, su validez depende de los días de renta diaria contratados, no recibe los 30 días adicionales de gracia. La baja se hace efectiva al finalizar el último día contratado y el saldo que poseía no se rembolsa al cliente.

Contratación de servicio desde el exterior

De igual manera, se podrá emitir una orden de servicio por el pago desde el exterior de uno (1) o hasta tres (3) servicios a favor de una persona en Cuba, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos por la empresa.

El documento a reflejar en el portal del distribuidor para la compra del servicio, será:

  • Para el caso de persona natural nacida en Cuba, independiente de la ciudadanía que posea, será el número de CI que le fuera otorgado en el momento de su registro de nacimiento (número de 11 dígitos). Sólo se exceptúan aquellos en cuyo caso su pasaporte emitido por la República de Cuba, no lo refleje.
  • Para los extranjeros el pasaporte expedido por su país de origen (PE).

La persona beneficiaria tiene hasta 30 días naturales para presentarse en una e las oficinas comerciales de ETECSA con el número secreto recibido de quien pagó el servicio y su documento de identidad. Ambos elementos tienen que coincidir con lo reflejado en sistema, sólo así se procederá realizar la contratación sin costo adicional. Si excede el término establecido pierde el derecho a la contratación y no se rembolsa el dinero pagado.

Los sitios oficiales contratados con ETECSA para el pago desde el exterior son:

Un extranjero puede contratar servicios con nuestra empresa según se ha definido, o puede, si su operador posee convenio con ETECSA, acceder al servicio de Roaming in que permite a los Clientes de otras operadoras celulares del mundo, disfrutar de los servicios de voz y otros servicios que tengan contratado cuando están en Cuba, sin tener que cambiar su número telefónico. Las tarifas son las que aplica su operador celular de origen.

Contratación Persona Jurídica (Pospago)

La persona jurídica, que esté interesada en contratar servicios asociados a la telefonía celular Pospago, con vista a conformar su expediente de cliente; tiene que presentarse en la oficina que atiende a este sector en la empresa, para recibir información puede contactar con el número de atención telefónica (53 5 2642266, marcando *2266, o a través del 118), o dirigirse a la oficina comercial más cercana para que reciba la orientación correspondiente.

Las exigencias establecidas son la elaboración de la ficha de cliente establecida por ETECSA y presentar un certifico único, confeccionado por el Asesor Legal o Secretario Letrado de su organización que contenga referencia a los documentos abajo relacionados, según el tipo de entidad.

Este certifico único, se actualiza con una periodicidad anual, a menos que se emita con un periodo de vigencia inferior, en cuyo caso debe actualizarse antes que expire el mismo. De igual forma, es responsabilidad del cliente presentar de manera oportuna, un nuevo certifico de ocurrir alguna modificación en los documentos que se exigen, o en el contenido de éstos. Todo ello con vista a mantener actualizado su expediente.

Tipo de entidades y documentos a referenciar:

Entidad extranjera

Esté o no inscrita como Sucursal de Sociedad Mercantil Extranjera o Empresario Individual, en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscripto a la Cámara de Comercio de la República de Cuba:

  • Acreditan la existencia legal de la compañía o del Empresario Individual, entendido este último como la persona natural con domicilio en el extranjero, que en nombre propio realiza habitualmente actos de comercio; que deben cumplir los siguientes requisitos:
    • Escritura de Constitución de la Compañía, y en el caso del Empresario Individual, documento que acredite estar autorizado para operar como tal, legalizado ante el Consulado Cubano correspondiente, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba y protocolizado ante Notario Público Cubano.
    • Estatutos, legalizados ante el Consulado Cubano correspondiente, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba y protocolizados ante Notario Público Cubano.
    • Inscripción en el Registro Mercantil o Registro Público que corresponda en el que esté inscrito el cliente, con no más de seis (6) meses de expedida, legalizada ante el Consulado Cubano correspondiente, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba y protocolizada ante Notario Público Cubano.
    • Inscripción en el Registro de Contribuyentes.
  • Nombre y número de la cuenta bancaria en Cuba.
  • Designación y facultades de la persona natural que actuará como Representante Legal; según poder otorgado por el Representante Legal a favor de la(s) persona(s), facultadas actuar a nombre y en representación de la entidad, describiendo las facultades otorgadas en cada caso, legalizado ante el Consulado Cubano correspondiente, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba y protocolizado ante Notario Público Cubano.
  • Licencia expedida por el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscripto a la Cámara de Comercio de la República de Cuba (de estar establecida como Sucursal en la República de Cuba).

Persona jurídica cubana (Empresa Mixta, Empresa Cubana, Ministerio)

  • Constitución de la entidad.
  • Objeto social o actividad autorizada, describiendo el contenido de éste.
  • Nombramiento del máximo jefe de la entidad.
  • Designación o autorización para realizar trámites de todo tipo, incluida la facultad de firmar contratos.
  • Licencias bancarias.
  • Número de cuenta bancaria.
  • Licencias y/o Autorizaciones del Registro Central Comercial u otro que corresponda según la naturaleza de la entidad.
  • Constancia de Inscripción en el Registro Mercantil, Registro de Sociedades Anónimas u otro que corresponda, según proceda.

Agencia de Prensa Extranjera, acreditada en el Centro de Prensa Internacional

  • Acreditación del Centro de Prensa Internacional, adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Nombramiento o la designación del Corresponsal autorizado de la agencia, igualmente expedido por Centro de Prensa Internacional, que describa las facultades otorgadas a dicho Corresponsal.
  • Agencia Bancaria depositaria de sus fondos y número de cuenta bancaria.

Embajadas

  • Especificar la persona a quien se autoriza a las relaciones con nuestra empresa.
  • Nombre y número de la cuenta bancaria en Cuba.

Aclaraciones: Las solicitudes de servicio tendrán que ser expedidas por el Embajador o  por el funcionario, previamente designado por el Embajador para realizar las operaciones comerciales con la Empresa. El Embajador es el único autorizado a emitir autorizaciones a terceros tanto para realizar nuevas activaciones como para modificaciones y no la persona previamente autorizada por éste.

Organizaciones Internacionales y No Gubernamentales (Incluye entidades religiosas)

  • Haga referencia a la acreditación del Organismo Patrocinador.
  • Incluir los datos de referencia al poder o carta de autorización del Representante autorizando a otra persona a contratar el servicio si no se suscribe por éste.
  • Nombre y número de la cuenta bancaria en Cuba.

Organizaciones Gubernamentales (Órganos y Organismos de la Administración Central del Estado, Organizaciones Políticas, Sociales y de Masas)

  • Nombramiento del máximo jefe de la entidad.
  • Debe especificarse nombre de la persona autorizada a contratar el servicio y cantidad de líneas autorizadas.
  • Nombre y número de la cuenta bancaria en Cuba.

Aclaraciones: Autorización del Titular del Organismo u Organización en el caso que se trate. El Titular de la Organización u organismo es el único autorizado a emitir autorizaciones a terceros tanto para realizar nuevas activaciones como para modificaciones y no la persona previamente autorizada por éste.

Agencias de Viajes Acreditadas Avalada

  • El documento debe hacer referencia a la empresa cubana que lo representa especificando que se responsabilizan ante los adeudos de la Agencia de Viaje.
  • Inscripción actualizada en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras de la Cámara de Comercio de la República de Cuba o en el Registro Mercantil.
  • Nombre del representante de la misma.
  • Nombre y número de la cuenta bancaria en Cuba.

Aclaraciones: El  Contrato deberá ser firmado por el representante legal en Cuba o en su defecto por la persona autorizada por éste, previa constancia escrita y para ello deberá presentar al momento de la contratación el documento identificativo del Representante Legal, que figura en el documento de Inscripción de la Cámara de Comercio, para poder cotejar las firmas, así como el carné de identidad  y de la Agencia Empleadora de la persona que se presenta ante nosotros. Cuando contratan servicios por primera vez tendrán que pagar de forma anticipada, los costos por concepto de Cuota de Activación y Servicios de Tiendas. El Representante legal es el único autorizado a emitir autorizaciones a terceros tanto para realizar nuevas activaciones como para modificaciones y no la persona previamente autorizada por éste.

Asociación avalada por el MINJUS

  • Haga referencia al Certificado de inscripción actualizado en el MINJUS, en el registro correspondiente.
  • Acreditación de las facultades de la persona natural que actúa a nombre y en representación de la entidad.
  • Debe especificarse los datos de la persona que posea el poder o carta de autorización del representante autorizándolo a contratar el servicio si no se suscribe por éste.
  • Nombre y número de la cuenta bancaria en Cuba.

Aclaraciones: El representante legal es el único autorizado a emitir autorizaciones a terceros tanto para realizar nuevas activaciones como para modificaciones y no la persona previamente autorizada por éste.

Cooperativas no agropecuarias

  • Constitución de la entidad; así como su inscripción en el Registro Mercantil.
  • Acreditación de las facultades de la persona natural que actúa a nombre y en representación de la entidad.
  • Código ONEI (Oficina Nacional de Estadística e Información) y su inscripción en la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT).
  • Acreditación de la titularidad de la cooperativa de las cuentas en CUP y CUC, así como su solvencia económica.
  • Certifico que emite el Registro de Constructores del país, para el caso de las cooperativas vinculadas con la actividad constructiva.

Se puede utilizar como referencia para revisar los documentos legales antes descritos, la base de datos del Registro ONEI (sitio: http://www.onei.cu/ryc_cnoa.htm), el cual contiene el “Listado de cooperativas no agropecuarias” y ofrece información detallada y actualizada sobre las mismas.

Cuando se reciba la notificación, que una empresa que tenga contrato con ETECSA, causa baja de la Cámara de Comercio; se tiene que hacer la correspondiente gestión de cobros, exigiendo liquiden las deudas.

Las personas jurídicas pueden contratar con nuestra empresa tanto servicios permanentes como temporales, las características de los mismos serán las siguientes:

Para todos los casos recordar que las acciones sobre estos clientes son registradas y facturadas al cierre de cada mes, teniendo un plazo de hasta 30 días para el pago de las mismas; los términos superiores serán analizados y se realizarán conciliaciones, así como compromisos de pago. Se podrá cobrar en la moneda pactada en el momento de la contratación aplicándose la tasa de cambio vigente.

La contratación de un servicio permanente, tiene que ser por más de 6 meses, paga cuota de activación de 30.00 CUC y tiene que acogerse a uno de los planes vigentes.

Los planes de voz comprenden renta mensual por minutos incluidos, se paga aunque no se consuma en su totalidad.

PlanesRenta MensualMinutos IncluidosMinuto adicionalSMS adicionalSMS Internacional
Básico45.001540,350.090.60
Eficaz70.002570,350.090.60
Moderado100.003850,350.090.60
Ideal130.005140,350.090.60
Premium190.007710,350.090.60
Plus250.001,0280,30.090.60
Supremo400.001,6710,30.090.60

Tarifa Básica: 0.35 CUC/MIN: Podrá ser contratada por cualquier cliente Pospago que no desee acogerse a un plan. Los paquetes podrán ser contratados o modificados, solamente, dentro de los primeros siete (7) días hábiles de cada mes, surtiendo efectos a partir del mes en que se realiza dicha contratación o modificación y previa solicitud.

Planes mensajes: Diseñado para servicios permanentes. Para optar por el mismo es requisito la contratación de no menos de 3 líneas, con el compromiso de mantenerlo por al menos 1 año; esta decisión está asociada al hecho que no posee cuota de activación. Después del año el cliente, si así lo desea, puede pasar a plan de voz sin pagar cuota de activación, lo cual implica cambio de numeración.

Plan mensajeRenta mensualEnvío de SMSRecepción SMSVozSMS adicionalEnvió de SMS Internacional (no se incluyen en el plan)
Básico + Voz25.00 CUC160 SMS localesGratisRecepción, cuando paga el emisor (*)0.09 CUC0.60 CUC

* Llamadas sólo de entrada, sin costo ni limitación, desde servicios de telefonía celular en cualquiera de sus modalidades, incluido Servicios de Telefonía Fija alternativa (TFA) y las llamadas internacionales, o desde un servicio telefónico nacional fijo que pague en MLC.

La persona jurídica puede además, contratar servicios periódicos temporales, los cuales están diseñados para eventos. Paga renta diaria de 3.00 CUC. La contratación tiene que ser por un período superior a 3 días naturales y puede mantenerse hasta 12 meses. Si el servicio no excede el término máximo establecido, puede prorrogarse, siempre y cuando el cliente acuda a una oficina comercial de ETECSA antes de la fecha final contratada; de lo contrario causa baja. Si necesita mantener un servicio de este tipo, deberá solicitar la contratación de otro servicio, no siendo posible mantener el mismo número.

Al contratar un servicio periódico temporal, deberá definir si se acogerá a un plan de voz o a la tarifa de 0.35 CUC/MIN. Para el primer caso, se pagará íntegramente el valor de la misma aunque no consuma el total de minutos comprendido. Este tipo de servicio no está diseñado para planes mensajes.

Todas las personas jurídicas deben presentar para realizar los trámites de alta, baja, o modificaciones de los servicios de telecomunicaciones, documentos por escrito, firmados por el máximo representante de la entidad o la persona facultada para ello, con todos los datos requeridos según el trámite que se trate.

Estos planes no tienen contemplado la Larga Distancia internacional (LDI), ni SMS o MMS, estos se tarifican adicional al importe del plan contratado. Los SMS Premium (accesos a través de números cortos) la tarifa es de 0.16 CUC. Igualmente se excluye del plan el tráfico de datos, lo cual se tarifica independiente con la siguiente tarifa.

GPRS , Mensajes multimedia (MMS), Nauta 0.10 Ctvos x MB

Servicio MMS, sólo tráfico nacional y la recepción es libre de costo; para el caso de envío internacional, sólo a direcciones de correo electrónico y se cobra por volumen.

Para todos los planes, las llamadas que reciba desde servicios de telefonía celular en cualquiera de sus modalidades, incluido Servicios de Telefonía Fija alternativa (TFA) y las llamadas internacionales son libres de costo. Todos los SMS y MMS recibidos son libres de costos.

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