Trámites y Servicios

Información útil y acceso a trámites y servicios

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Podrán solicitar certificaciones según el tipo, las personas siguientes:
  1. El titular de la inscripción.
  2. Los familiares: padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, tíos, cónyuges o viudos.
  3. Los representantes legales.
  4. Otras personas interesadas que deben autorizar a recoger.

La efectividad de la entrega de la certificación depende de que el solicitante complete los datos sobre tomo, folio y registro civil, que se encuentran en el documento de identidad permanente de cada persona, en el caso del nacimiento.

Usted podrá solicitar los siguientes certificos, siguiendo este enlace

Certificación de nacimiento.

Certificación de matrimonio

Certificación de defunción

Certificación de soltería

Certificación de divorcio

Entre otros certificos, además, usted puede solicitar:

Antecedentes penales

Declaratoria de herederos y actos de última voluntad

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Para solicitar la Certificación de Actos de Última Voluntad el interesado debe presentar:

  • Certificación de Defunción del testador y copia autorizada del testamento.
  • Un sello del timbre por valor de $5.00.

Para solicitar la Certificación de Declaratoria de Herederos se debe presentar:

  • Copia autorizada de la Declaratoria de Herederos.
  • Un sello del timbre por valor de $5.00.

Nuevo sitio  de internet http://www.minjus.gob.cu para solicitar vía digital:

Declaratoria de Herederos y Actos de Última Voluntad.

Para solicitar la Certificación de Actos de Última Voluntad el interesado debe presentar:

  • Certificación de Defunción del testador y copia autorizada del testamento.
  • Un sello del timbre por valor de $5.00.

Para solicitar la Certificación de Declaratoria de Herederos se debe presentar:

 Copia autorizada de la Declaratoria de Herederos.

  • Un sello del timbre por valor de $5.00.

Nuevo sitio  de internet http://www.minjus.gob.cu para solicitar vía digital:

  • Declaratoria de Herederos y Actos de Última Voluntad.
  • Antecedentes Penales

        (Solo para trámites nacionales)

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Para solicitar Antecedentes Penales.

Las Certificaciones de Antecedentes Penales que se solicitan para surtir efecto dentro del territorio nacional lo debe tramitar la persona jurídica o la persona interesada. (Trámites laborales u otros trámites).

Para recoger Antecedentes Penales.

El interesado debe presentar:

  • El comprobante y un sello de timbre por valor de $ 5.00.

El término para recoger los Antecedentes Penales Nacionales es de 3 días.

Nota: Las Instituciones que deseen solicitar Antecedentes Penales deben realizar con anterioridad un Convenio de Colaboración con nuestra Entidad.

Las Certificaciones de Antecedentes Penales de la categoría exterior personal que se solicitan para trámites migratorios o cualquier otro que surta efectos legales fuera del territorio nacional, su obtención y legalización solo se tramita ante las Sucursales de la Consultoría Jurídica Internacional de Camagüey.

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Instrucción 2/2012. Ley número 113 del Sistema Tributario de fecha 23/7/2012

Entrada en vigor 1/1/2013

Servicio                                                                                      Impuesto en Sello

Certificación de nacimiento en Extracto --------------------------------------------------- $ 5.00

Certificación de Matrimonio en Extracto  -------------------------------------------------- $ 5.00

Certificación de Defunción en Extracto ---------------------------------------------------- $ 5.00

Certificación de Fe de Soltería ---------------------------------------------------------------- $ 5.00

Certificación de todas notas marginales  --------------------------------------------------- $ 5.00

(Por cada nota marginal es un sello)

Certificación Literal de Ciudadanía ---------------------------------------------------------- $ 10.00

Certificación de Capacidad Legal ------------------------------------------------------------ $ 10.00

Expedientes de Subsanación de Error  ---------------------------------------------------- $ 10.00

Autorización para contraer matrimonio (Menores de Edad) -------------------------- $ 10.00

Expediente de inscripción fuera del término ---------------------------------------------- $ 10.00

Solicitudes de Cambio, Adición o Supresión de nombres o apellidos------------- $  20.00

Búsqueda de asiento de inscripciones en la Provincia y fuera de la provincia.

Solicitud por teléfono de Certificaciones entre unidades Registrales de la  provincia.

Solicitud por teléfono de Certificaciones entre unidades Registrales de distintas provincias.

Nota: Cualquier otra no especificada anteriormente que se base en inscripciones o anotaciones marginales, resultante de los libros y documentos de los mencionados registros. (Presentar un sello por un valor de  $ 5.00).

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Documentos a presentar para la Inscripción en el Registro de la Propiedad.

  1. Titulo de la propiedad de la vivienda actualizado.
  2. Documento de identidad del que solicita la inscripción o la.
  3. Aceptación de la representación en los casos en que corresponde.
  4. Comprobante de pago del impuesto sobre transmisiones de bienes y herencias cuando corresponde.

La solicitud puede ser presentada por:

  1. El adquirente del derecho.
  2. El que trasmite el derecho.
  3. El representante legal o voluntario de cualquiera de las personas antes mencionadas.
  4. Cualquier persona que tenga interés legitimo en asegurar el derecho que se pretende inscribir.

Términos para realizar la inscripción.

15 días hábiles a partir de la radicación de la solicitud. El plazo puede ser extendido a 30 días hábiles mas,  excepcionalmente, si se requieren solicitar otros documentos fuera del registro para verificar la valides del título.

Impuesto sobre los Documentos.

Sellos de timbre ----------------------------------------- (CUP).

Certificaciones --------------------------------------------10.00.

Certificaciones Negativas.-------------------------------5.00.

Nota simple informativa.---------------------------------5.00.

(Resolución 370/11 del MFP)

La inscripción se cobra según el valor  o precio legal del inmueble.

Disposiciones Jurídicas fundamentales que se aplican.

  • Ley hipotecaria y sus reglamentos de 1893.
  • Resolución 114/2007.
  • Resolución 270/2011.
  • Resolución 288/2011.
  • Resolución 226/2012.

La inscripción de un inmueble se solicita en los supuestos siguientes.

  • Transferencia de dominio u otro derecho real por instrumento notarial o resolución judicial.
  • Al poseer todos los títulos que acreditan las transmisión de dominio entre el titulo previamente inscripto y el que reconoce el derecho del actuar poseedor, o si los documentos no han sido presentados al registro con anterioridad.
  • A la convocatoria del registrador en la manzanas ordenadas según el programa aprobado.
  • Solares yermos en zonas urbanas que hubieren sido declarados patrimonio estatal por la autoridad competente.
  • Inmuebles estatales de nueva construcción, previa legalización del terreno en que fueron construidos.
  • Los inmuebles estatales que posean la documentación establecida.
  • Al modificarse cualquiera de las circunstancias inscriptas en el registro de la propiedad al 1 de Octubre del 2003.
  • Inmueble que constituyen aportes a la constitución de asociaciones económicas internacionales.
  • Las Viviendas que se construyan por esfuerzos propios de la población cuando posean la documentación establecida.

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